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Decir primero y
con toda claridad y para que tengan conocimiento todos los trabajadores de la planta de Puente-Genil que CCOO
impugno el acuerdo por la novación contractual voluntaria firmada por cada uno
de los 19 compañeros del departamento de exlogistica y avalado por
un acuerdo del Comité de Empresa firmado por todos los afectados y cada uno de los miembros del Comité de Empresa para que se pudiesen recolocar como así sucedió en el departamento de producción.
Para que todo el
mundo lo entiendan tanbien, casi todos conocen que en esta planta llevamos años
practicando dicho procedimiento y a los hechos nos remitimos por poner ejemplos recientes:
Personal de administración a Fabrica (Luis Chaparro, Juan Puerto, José Manuel
Bojollo) y más
recientemente aun al departamento de conductores a Fabrica (Rafael
García Romero, Rafael García González, Antonio Romero Díaz y Francisco
Miguelez).
Dicha impugnación
la fundamentan CCOO que UGT ha alcanzado con la Dirección de la Compañía este
acuerdo y lo ha hecho a través de una modificación sustancial de las
condiciones laborales, cuando deberían de haber sido a través de un ere de despido
colectivo. (Mandan Huevos)
simplemente recordar a todo el personal que por la vía del ere despidieron a
todos los trabajadores conductores de todos los centros de trabajo de esta
compañía, en Puente Genil y por la vía de la modificación sustancial de las
condiciones laborales a través de una novación contractual (mismo procedimiento
que hemos utilizado en logística), estos compañeros actualmente como todos
conocéis están en producción.
Manifestar también
y esto lo entenderán todos los compañeros de esta planta que cuando se denuncia un
acuerdo es porque se entiende por parte del demandante que se perjudica
los intereses a quienes representen o de sus representados y intentan reponer a
su situación anterior o mejorarlo.
En este caso
habiendo una sentencia a su favor del demandante lo lógico y lo normal es que el demandante
en este caso CCOO solicite su ejecución, lo que pasa que en este
caso CCOO no solicita su ejecución porque a los 19 trabajadores de
Puente-Genil, 16 trabajadores de Valladolid y a los 9 trabajadores de
Barcelona, son
perjudicados porque con esta sentencia la Empresa si la ejecuta los
trabajadores irían a la calle, es decir despedidos, al paro. Ahora
pretenden que esta nueva situación la asuman los trabajadores afectados y la
culpa de todo ello la tiene la UGT por haber firmado lo que firmo en su día,
pues no compañeros, no vamos a estar callados y con los brazos quietos y
decimos con toda claridad que CCOO y en este caso su delegado sindical Jose
Oliva parte activa de todo este proceso está mintiendo y engañando de nuevo a los trabajadores
afectados como recientemente ha engañado a los trabajadores de la línea del
donuts con el tema de la huelga, de la discriminación, etc, etc.
Pasamos a aclarar el
manifiesto de CCOO firmado en el acta del dia 10/12/2015.
Dicen ellos en su escrito:
.- Que el acuerdo
de fecha del 19/05/2015, ha sido declarado nulo por sentencia de la audiencia
nacional, por lo que no se puede aplicar a ninguno de lo que hasta la fecha no
se les ha aplicado. (Murcia, Zaragoza, Santiago y Vitoria) hasta aquí es así, lo que no dice CCOO claramente y así lo dice la Sentencia, es que si
quiere aplicar la empresa la externalizacion de logística de estos centros de
trabajo lo deberá hacer a través de un ere de despido colectivo, no que no
pueda externalizar el departamento de logística.
(Por cierto externalizacion que esta parada y
suspendida en estos centros de trabajo a petición y solicitud de UGT a la Dirección y posteriormente se
ratifico en un acuerdo dicha suspensión.)
.- Dicen: que en
relación a los trabajadores a los que se le ha aplicado el acuerdo en este caso
a los 19 compañeros recolocados, son estos los que tienen el derecho de pedir la reposición a
su situación anterior. Lo que no dice CCOO es que le está echando toda la responsabilidad y el
muerto de todo este conflicto a los 19 trabajadores afectados por su denuncia,
cuando a dichos
trabajadores ni siquiera CCOO le consultaron en su día para ver si interponían
una denuncia, lo normal entendemos nosotros es que cuando se pone una demanda
se le consulte a los trabajadores afectados, pues bien, en esta caso, CCOO se
lo ha pasado por el forro de los cojones.
La UGT recomienda a dichos compañeros que no pidan
su ejecución como pretenden CCOO pues se podrían ver en una situación de riesgo de despido, salvo que voluntariamente,
así lo desee el trabajador.
La pregunta seria
porque CCOO antes de poner su denuncia no le pregunto a los 19 compañeros si
estaban de acuerdo en que plantearan dicha denuncia, no será que no lo hizo por
otros intereses que se escuchan en la fabrica en relación a los trabajadores
rescatados y que en el mes de junio
dejaron de trabajar en nuestro centro de trabajo. (Por cierto también engañaron a estos
compañeros rescatados diciéndole que existían un acuerdo para quedarse en
Puente-Genil, a los hechos me remito, dichos trabajadores individualmente han
demandado a la Empresa por despido, CCOO no ha impugnado el acuerdo, por una
sencilla razón, no existía).
Seguramente los
compañeros afectados no pedirán su ejecución, en todo caso para no correr
riegos que hasta ahora no tenían, no sería mejor que CCOO en vez de echarles el
mochuelo a los trabajadores, reconocieran su error y le pidan a la Empresa que
no la ejecute. (CCOO
se olvida intencionadamente de decir que la Empresa tiene la obligación de
ejecutarla.)
.- Dicen: respecto a la manifestación realizada
por la Empresa, en el sentido de despedir a los que firmaron el acuerdo
individual de recolocación, queremos advertir de que estos despidos serian
radicalmente nulos porque irían en contra la garantía de indemnidad y tutela
judicial efectiva, puesto que sería un despido respuesta por tener una
resolución judicial favorable y afectaría por tanto a la garantía de la
indemnidad del art, 24 de la constitución española. (Esto es lo que no dice CCOO, Veamos lo que
dice el art. 24 de la constitución, “El artículo 24 CE prevé la tutela judicial efectiva,
y de ahí se desprende la garantía de indemnidad, que consiste en presumirse que
cualquier actuación de la empresa contra quien ha ejercido una reclamación lo
es a modo de represalia, y por tanto hay vulneración de dicha garantía de
indemnidad, pero en este caso y la valoración del gabinete jurídico de UGT en
relación a los que nos ocupa: Nos dice que es distinto por dos razones, una
porque hay un Conflicto Colectivo sin trabajadores individualmente accionantes,
y segunda, porque la propia Sentencia, dice que la vía que debe seguirse es la
del ERE, es decir, no niega la causa sino el cauce. La propia literalidad de la
Sentencia lleva al cauce que será aplicar un ERE.
.- Dicen:
por otro lado, en el caso de Puente-Genil, se ha firmado recientemente por el
Comité de Empresa (UGT y CCOO) un acuerdo de modificación sustancial de
condiciones de trabajo en cuyo anexo figuran todos los trabajadores recolocados
de logística, acuerdo que está plenamente vigente. ( Lo que no
dice CCOO es que en Madrid dice que este acuerdo está plenamente vigente, es
decir, no lo cuestiona, en Puente-Genil lo cuestiona y por ello dice que lo va
a impugnar, por cierto, no lo ha impugnado, convocan una huelga y luego se
equivoca en su planteamiento, etc etc, lo mismo de siempre, de nuevo sigue
mintiendo y en este caso y una vez mas a los trabajadores de la línea del
Donuts, nosotros empezamos a preguntarnos
a quien le hacemos caso en esta cuestión al José Oliva de Puente-Genil o
al José Oliva de Madrid o a ninguno de los dos , porque entendemos que no es de
fiar, solo mira su interés
particular y sindical en detrimento del conjunto de trabajadores del centro de
trabajo.
.- Dicen: no compartimos la interpretación de la
Empresa en cuanto a que la ejecución de la sentencia pueda significar despidos
y muchos menos la interpretación de la UGT animando al Empresa a que se ejecute
la sentencia. ( Lo que no dice CCOO y
faltando a la verdad es que UGT se dirigió irónicamente a la Empresa
planteándole que ejecutara y añadiendo y esto es lo que no recoje CCOO “para
que se dieran cuenta todos los trabajadores afectados de que efectivamente CCOO
está mintiendo y manifestando a los trabajadores que con esta sentencia la
Empresa los trabajadores pueden dormir tranquilos cuando es todo lo contrario,
le han dado una herramienta a la Empresa que si aplica la sentencia 87
trabajadores pueden estar en la calle, y todo por el protagonismo de CCOO.)
Por último no
somos capaces de encontrar palabras en el diccionario para calificar la actitud
de los compañeros de CCOO y en especial José Oliva en todo este proceso, lo más
parecido que hemos encontrado es de una sinvergonzeria, y de una catadura moral
que no tiene nombre y de una bajeza humana canallesca.
Piensan que los
trabajadores de este centro son tontos y no saben leer e interpretar las
palabras y sus significados. Pues lo sentimos mucho, le informamos que es todo
lo contrario saben perfectamente interpretar las palabras y sus significados.
UGT de 4 hemos
pasado a 5 representantes y CCOO de 3 ha
pasado a 2. (Valladolid)
UGT ha mantenido
los 3 representantes que teníamos y CCOO ha pasado de 3 a 2. (Zaragoza)
Por lo tanto la
gente es muy difícil engañarles como todos los días intentáis hacerlo.
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