La Campaña de Renta 2013 mantiene la
regulación del año anterior en cuanto a los obligados a presentar la
declaración del IRPF, así que en términos generales, no están obligados a
declarar los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo
hasta un importe de 22.000 euros anuales.
El límite para no declarar se reduce a 11.200
euros
- si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo ciertas excepciones),
- cuando se perciban pensiones compensatorias
del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas
- cuando el pagador no está obligado a retener y
- cuando los rendimientos están sujetos a un tipo
fijo de retención.
Ambos límites siguen siendo válidos para
no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los
siguientes rendimientos:
- Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con
un tope conjunto de 1.600 euros.
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos
íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras
del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección
oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.
Igual que en 2012, tampoco estarán
obligados a declarar los contribuyentes que cuenten con rendimientos
del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias
patrimoniales (subvenciones, premios, otras), con el límite conjunto de
1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
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