viernes, 28 de febrero de 2014

EL TRABAJADOR NO TIENE POR QUÉ FACILITAR SU MÓVIL A LA EMPRESA.


La Audiencia Nacional considera que el trabajador no tiene por qué facilitar su número de móvil a la empresa. Así lo determina en una sentencia del pasado 28 de enero, después de que los sindicatos demandaran a una compañía por obligar a los empleados a disponer de medios propios (móvil e Internet), y proporcionárselo a la empresa para que ésta le efectúe cualquier comunicación referida a su relación laboral, lo que además suponía estar disponible para la empresa fuera de horas de trabajo.

Concretamente, la compañía había incluido en los contratos una cláusula, que ha sido declarada abusiva por la Audiencia, y por la cual ambas partes convenían expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa al contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo podría ser enviada al trabajador vía sms o correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Además, la misma cláusula requería que el trabajador debería comunicar a la empresa “de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible” cualquier cambio o incidencia con respecto a los datos facilitados.

La Audiencia sostiene que la comunicación de los números de teléfono móvil y dirección de correo electrónico requiere el consentimiento de los interesados y la empresa no puede imponer a los trabajadores que los faciliten porque sería contrario a la Ley de Protección de Datos.


Según explica Luis Gervas de la Pisa, del despacho Vidau Abogados, esta sentencia pone de manifiesto que el poder de dirección del empresario no es absoluto y ha de sujetarse a determinados límites, pero cree que no se puede extender a todos los casos: “Habrá supuestos en los que los datos serán necesarios para el cumplimiento y mantenimiento de relaciones laborales específicas (como cuando se trate de profesionales sanitarios o cuerpos de seguridad) en los que sería impensable ponerse en contacto con el trabajador por medio de burofax”. Además, cree que esta sentencia podría potenciar que las empresas, en vez de solicitar al trabajador su teléfono móvil personal, le faciliten una línea de empresa. Fuente: Expansion.

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